1- PANORAMA1.1 El Nuevo Paradigma: "la Transparencia Estratégica"
Tras años de presión por parte de la OCDE y el GAFI, el concepto de "offshore" ha mutado. Ya no se busca el secreto absoluto y la reducción a cero (0) de la carga impostiva (inviable bajo el Estándar Común de Reporte o CRS), sino la neutralidad fiscal y la protección patrimonial. Siguiendo este nuevo principio estrategico, los clientes pueden utilizar los diversos instrumentos de inversión, con un sentido más pragmático y singular, siempre que se cumplan dos elementos esenciales:
• Sustancia Económica: Las jurisdicciones ahora exigen que las sociedades demuestren actividad real para ser consideradas legítimas.
• Cumplimiento (Compliance): Los despachos legales offshore dedican más del 40% de sus recursos a procesos de Due Diligence y prevención de lavado de activos para evitar sanciones internacionales.
1.2 Panamá como Jurisdicción Clave en el Tablero Regional
Los servicios legales offshore se encuentran en constante proceso de especialización. Ahora, hacer negocios no solo requiere de una justificación real, sino también el cumplimiento de la obligación de documentar las transacciones y llevar registros contables, lo que implica que estos servicios offshore deben prever e incluir no solo los aspectos legales, sino también contables y financieros.
En este contexto, Panamá ofrece las soluciones necesarias para realizar las inversiones planificadas en países, tales como Colombia, Venezuela, Ecuador, Peru, Argentina y otros países de la región, Centro y Suramérica, teniendo a su favor la estabilidad de la moneda (el dólar), un centro bancario amigable y los vehículos de inversión, tales como sociedades, fundaciones o fideicomisos. La nueva realidad ha permitido la incorporación de Panamá al Mercosur y la apertura de nuevas oportunidades de negocios.
Nuestra oficina, Corbetti Lawyers & Investments Firm, se ha consolidado como una empresa capaz de ofrecer, de manera consolidada, todos los servicios que las inversiones offshore requieren, tanto desde el punto de vista legal, como contable, gracias a nuestra alianza con la Firma Contable de Asesores Tributarios & Consultores (ATRICO CPA).
Tres factores están redefiniendo por qué las empresas y familias latinas buscan servicios offshore este año: Ante la erosión democrática y la inseguridad jurídica en ciertos países de la región, las estructuras en jurisdicciones estables funcionan como un "seguro de vida" corporativo. Se utilizan Fideicomisos (Trusts) y Fundaciones de Interés Privado para separar el patrimonio personal del riesgo país, produciendo lo que algunos denominan El Efecto "Safe Haven" (Refugio Seguro).
La relocalización personal como de empresas está abriendo oportunidades de negocios que antes se encontraban dormidas o eran desestimadas. Las cadenas de producción y de suministro hacia México, Colombia y Centroamérica ha disparado la demanda de servicios legales que faciliten la coordinación de la propiedad transfronteriza.
2- LA PLANIFICACIÓN PATRIMONIAL COMO OBJETIVO PRIMORDIAL DE LA PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO
Debemos entender como Planificación Patrimonial aquel proceso estratégico por el cual organizamos sus activos (propiedades, Cuentas Bancarias, inversiones, empresas) para garantizar tres objetivos fundamentales: protección frente a terceros, eficiencia fiscal y una sucesión ordenada para sus herederos.
En el contexto actual, ya no se trata solo de "ahorrar impuestos", al contrario, cualquier mecanismo de evasión o de elusión impositiva resulta laborioso y altamente perjudicial. Por lo tanto, se considera relevante crear un búnker legal que resista los riesgos asociados a la volatilidad política y económica de la región.
2.1 Protección de Activos (Asset Protection)
El objetivo es separar su patrimonio personal de los riesgos de su actividad comercial o profesional, mediante la utilización de mecanismos legales autorizados por la ley.
• El Concepto: Si usted enfrenta un litigio o una contingencia económica en su empresa, sus activos personales (casa, ahorros familiares) no deben verse afectados.
• La Herramienta: El uso de una Sociedad Anónima Offshore, de una Fundación de Interés Privado (FIP), un Fideicomiso, o incluso Pólizas de Vida y Ahorro en Panamá, resultan ser muy atractivas para los fines previstos en una adecuada planificación. Por ejemplo, de acuerdo a la ley, los activos transferidos a una fundación o un fideicomiso son inembargables por deudas que no sen propias de la fundación o del fideicomiso y no forman parte del patrimonio personal del fundador o del fideicomitente.
2.2 Planificación Sucesoria (Heredar en Vida)
Evita que sus herederos tengan que enfrentar procesos judiciales de sucesión (juicios de intestado), que suelen ser largos, costosos y públicos.
• Control Total: Usted mantiene el control y uso de los bienes mientras viva.
• Transferencia Inmediata: Al fallecer el fundador/fideicomitente, los activos pasan automáticamente a los beneficiarios designados en un documento privado (Reglamento), sin necesidad de un juez.
2.3 Eficiencia Fiscal y Territorialidad
Optimizamos la carga tributaria aprovechando los tratados internacionales y el régimen de territorialidad que gobierna la fiscalidad en Panamá.
• Diferimiento de Impuestos: En jurisdicciones como Panamá, los ingresos generados fuera del territorio nacional (rentas offshore) tienen una tarifa de 0% de Impuesto sobre la Renta.
• Cumplimiento (Compliance): Aseguramos que la estructura cumpla con las leyes de transparencia (como el reporte de activos en el exterior en Colombia o Venezuela) para evitar sanciones futuras.
2.4 Confidencialidad y Privacidad
En un entorno de inseguridad, mantener un perfil bajo es una medida de seguridad personal. Esto se puede lograr mediante el uso de las estructuras modernas adecuadas que permitan que la titularidad de los bienes no sea de conocimiento público, protegiendo a su familia de riesgos de extorsión o exposición innecesaria.
2.5 ¿Cómo empezamos?
El proceso típico con nuestra firma Corbetti Lawyers & Investments Firm consta de tres pasos:
1. Diagnóstico: Analizamos dónde están sus activos y quiénes son sus beneficiarios.
2. Diseño: Elegimos si lo ideal es una Sociedad Anónima (para operar), una Fundación (para proteger) o una combinación de ambas.
3. Implementación: Redactamos los estatutos y reglamentos a su medida y realizamos el traspaso legal de los activos.
Nota Importante: Una buena planificación patrimonial es un "traje a medida". No existen fórmulas genéricas; la estructura debe adaptarse a su realidad familiar y a la ubicación geográfica de sus negocios.
3- CREACIÓN DE UN FAMILY OFFICE
Una de las estrategias de protección patrimonial que más se ha abierto camino es la creación de un Family Office, siendo este el nivel más alto de sofisticación en la administración patrimonial. A diferencia de un simple servicio de banca privada o de contratación de servicios fiduciarios, el Family Office es una estructura organizada dedicada exclusivamente a gestionar el conjunto de los asuntos financieros, legales, fiscales y personales de una familia de alto patrimonio (Ultra-High-Net-Worth).
Una de las estrategias de protección patrimonial que más se ha abierto camino es la creación de un Family Office, siendo este el nivel más alto de sofisticación en la administración patrimonial. A diferencia de un simple servicio de banca privada o de contratación de servicios fiduciarios, el Family Office es una estructura organizada dedicada exclusivamente a gestionar el conjunto de los asuntos financieros, legales, fiscales y personales de una familia de alto patrimonio (Ultra-High-Net-Worth).
3.1 ¿Qué es exactamente un Family Office?
Es una "empresa de gestión patrimonial" cuyo único cliente es el conjunto de los miembros de una familia. Su función es centralizar el control de todos los activos que conforman el patrimonio de un grupo familiar, previamente definidos, a través de vehículos corporativos o de negocios en Panamá, o sociedades de inversiones en Colombia, dirigidos bajo un solo mando profesional.
Existen dos modalidades principales:
• Single Family Office (SFO): Una estructura propia con personal dedicado (abogados, contadores, gestores de inversión) que atiende a una sola familia.
• Multi-Family Office (MFO): Una firma externa que gestiona el patrimonio de varias familias, compartiendo los costos operativos, pero manteniendo la segregación de activos.
3.2 Funciones Principales del Mecanismo
A. Gestión de Inversiones y Consolidación: El Family Office no solo elige dónde invertir, sino que consolida la información. Si usted tiene una cuenta en Suiza, un inmueble en Panamá y una empresa en Colombia, el Family Office le entrega un solo reporte consolidado del valor neto de su patrimonio.
La consolidación no solo se presenta sobre el objeto y la estrategia unificada de la inversión, sino en cuanto al origen y al resultado. El Family Office consolida en una sola administración un patrimonio global de una familia y obtiene, de esta gestión consolidada, un resultado mayor que se distribuye de acuerdo a las reglas preestablecidas de la organización, pero siempre tratando de preservar el capital y, en mayor medida, gran parte de los beneficios.
B. Planificación Fiscal y Legal Internacional: El esfuerzo organizativo está dirigido, además, a garantizar que todas las piezas del rompecabezas encajen:
• Asegura que las Sociedades, Fundaciones de Interés Privado o Fideicomisos cumplan con sus obligaciones, especialmente manteniendo los registros contables adecuados que faciliten la rendición de cuenta.
• Gestiona el pago de impuestos de las Operaciones.
• Vigila el cumplimiento de normativas globales (CRS, FATCA) para evitar multas.
C. Protocolo Familiar y Sucesión: Como parte de las tareas a desarrollar, la organización requiere la creación de instrumentos regulativos internos, tales como Protocolo Familiar, Acuerdos de Accionistas o Reglamentos Privados de la Fundación. Esta es la parte más sensible, pues requiere de un esfuerzo de comprensión de los intereses del grupo, tiempo y tranquilidad para lograr la redacción más adecuada a los intereses y objetivos definidos.
En el caso particular del Family Office, nuestra Firma ayuda a redactar el Protocolo Familiar que establezca las reglas de conducta y administración para las siguientes generaciones, tales como:
• ¿A qué edad pueden los hijos recibir los beneficios o entrar a la empresa?
• ¿Cómo se reparten los dividendos de la Fundación?
• ¿Quién toma las decisiones si el patriarca/matriarca?
• Reglas de Vigilancia y Supervisión
• Gobierno corporativo
• Rendición de cuentas
D. Gestión de Estilo de Vida (Concierge): Las actividades vinculadas al Family Office pueden extenderse para incluir desde la administración de propiedades y activos, hasta la obtención de visas de residencia (como la de Inversionista Calificado en Panamá) y hasta seguros médicos internacionales para los miembros del clan.
4- COMERCIO INTERNACIONAL Y LA TRIANGULACIÓN COMERCIAL
En el marco del comercio internacional es común desarrollar operaciones de triangulación comercial utilizando los servicios legales offshore de Panamá, sus sociedades offshore, así como su plataforma de servicios bancarios que ofrece la posibilidad de abrir cuentas bancarias para operaciones de este tipo.
La triangulación comercial o refacturación (re-invoicing) es una de las estrategias más utilizadas en el comercio internacional para optimizar la logística, mejorar el flujo de caja y reducir la carga impositiva. En el contexto actual, con normativas de sustancia económica más estrictas y el intercambio de información tributaria entre los países, este proceso requiere una ejecución técnica impecable para ser legítimo.
Este proceso de refacturación o triangulación comercial está previsto en el Código Fiscal de la República de Panamá, lo que le otorga legitimidad y legalidad al procedimiento:
CODIGO FISCAL
TITULO I
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
CAPÍTULO I
Objeto, Sujeto y Tarifa del Impuesto
Artículo 694.- Renta Gravable - Objeto de impuesto.
Es objeto de este impuesto la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente, dentro del territorio de la República de Panamá sea cual fuere el lugar donde se perciba.
Contribuyente, tal como se usa el término en este Título, es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, que perciba la renta gravable objeto del impuesto.
Parágrafo 1: Se considerará producida dentro del territorio de la República de Panamá, la renta proveniente del trabajo personal cuando consista en sueldos y otras remuneraciones que el Estado abone a sus representantes diplomáticos o consulares o a otras personas a quienes encomienda la realización de funciones fuera del país.
Parágrafo 2: No se considerará producida dentro del territorio de la República de Panamá, la renta proveniente de las siguientes actividades:
a. Facturar, desde una oficina establecida en Panamá, la venta de mercancías o productos por una suma mayor de aquella por la cual dichas mercancías o productos han sido facturados contra la oficina establecida en Panamá siempre y cuando que dichas mercancías o productos se muevan únicamente en el exterior.
b. Dirigir, desde una oficina establecida en Panamá, transacciones que se perfeccionen, consuman o surtan sus efectos en el exterior; y
c. Distribuir dividendos o participaciones de personas jurídicas, cuando tales dividendos o participaciones provienen de rentas no producidas dentro del territorio de la República de Panamá, incluyendo las rentas provenientes de las actividades mencionadas en los literales a) y b) de este Parágrafo.
El Órgano Ejecutivo establecerá las normas y procedimientos para determinar la porción de la renta total que se considerará renta gravable del contribuyente que perciba rentas gravables además de las rentas exentas a que se refiere este Parágrafo, dentro de un término no mayor de seis (6) meses.
4.1 El Flujo Operativo de la Triangulación
Por regla general, en una operación de triangulación intervienen tres actores, sin embargo, la mercancía viaja directamente del punto A (fabricante o proveedor) al punto B (cliente final o distribuidor), para ahorrar costos logísticos, sin pasar por el territorio fiscal de Panamá (intermediario o comercializador).
1. El Proveedor (País A): Vende la mercancía a la Sociedad Offshore (País C), pero la envía directamente al Cliente Final (País B).
2. El Cliente Final (País B): Recibe la mercancía directamente desde el País A, pero le paga legalmente a la Sociedad Offshore en el País C.
3. La Sociedad Offshore (País C): Compra la mercancía a un precio y emite una nueva factura (refactura) al cliente final a un precio predeterminado.
4. El beneficio o "margen de comercialización" queda radicado en la sociedad offshore (País C), la cual generalmente goza de un régimen de territorialidad o baja tributación, permitiendo la acumulación de capital para futuras inversiones o pagos a proveedores internacionales.
En la actualidad, la mayoría de las jurisdicciones de la región han implementado sistemas de Facturación Electrónica Transfronteriza. Esto significa que los tiempos de reporte son casi inmediatos. Es vital que la fecha de la factura de compra y la de venta tengan una coherencia lógica con el tránsito de la mercancía.
Esto también implica la creación de una empresa comercializadora que desarrolle actividades de intermediación, acompañado de las estructuras administrativas, bancarias y financieras que permitan la realización de transacciones comerciales que se perfeccionan, consuman o surten sus efectos exclusivamente en el exterior, tal como lo prevé el artículo 694 del Código Fiscal de Panamá.
4.2 Requisitos de Legitimidad
Para que este proceso no sea clasificado como "evasión" o "simulación" por las autoridades fiscales (como la DGI en Panamá o la DIAN en Colombia, por ejemplo), se debe cumplir con lo siguiente:
1. Sustancia Económica Real: La oficina offshore no puede ser un simple "buzón". Debe demostrar que realiza una gestión comercial: contacto con proveedores, gestión de órdenes de compra, o control de calidad.
2. Precios de Transferencia: El margen de utilidad captado por la offshore debe ser "arm’s length" (a valor de mercado). Si el margen es excesivo sin justificación operativa, las aduanas del País B podrían rechazar el valor de la factura.
3. Logística Documental: El conocimiento de embarque (Bill of Lading o BL) debe ser gestionado correctamente (muchas veces mediante un Switch BL) para que el cliente final no conozca el costo original del proveedor, manteniendo la confidencialidad comercial.
4.3 Ventajas Estratégicas
1. Optimización Fiscal: El margen de ganancia tributa en una jurisdicción con tasas menores o nulas para rentas de fuente extranjera.
2. Gestión de Divisas: Permite mantener fondos en monedas fuertes (USD/EUR) fuera de países con controles de cambio o alta inflación.
3. Centralización de Compras: Si tienes múltiples negocios en LatAm, una sola offshore puede centralizar las compras a China o Europa para obtener mejores precios por volumen.
4. Protección de Proveedores: Evita que el cliente final puentee tu negocio y contacte directamente a la fábrica de origen.
5- INVERSIONES EN VENEZUELA
Esta es una excelente oportunidad estratégica. Dado el presente panorama, donde Venezuela muestra signos de reactivación comercial y Panamá se consolida como el "hub" de servicios financieros, bancarios y legales con estándares de cumplimiento más estrictos, siendo una oferta que equilibra la agilidad operativa con una seguridad jurídica permanente.
5.1 Panama como Puente de inversiones con Venezuela: Estructuras seguras para inversiones transfronterizas.
Las restricciones comerciales y de inversión con Venezuela se han flexibilizado parcial y progresivamente, desde principios de 2026, permitiendo diversos tipos de operaciones, especialmente las vinculadas con el sector de energía, bajo licencias de EE. UU., aunque persisten sanciones y restricciones contra el gobierno venezolano y restricciones financieras significativas, la tendencia actual es hacia el levantamiento y a la reconexión del país en la economía mundial. Esta es la situación para las nuevas inversiones en petróleo/gas, pero el mercado sigue condicionado y requiere alto nivel de cumplimiento (compliance).
Aunque nos encontramos con una situación de Flexibilización Petrolera, con licencias actualizadas que permiten a ciertas empresas reanudar operaciones y realizar nuevas inversiones en petróleo y gas, estas se encuentran sujeto a permisos específicos. No obstante, existen algunas Restricciones Geográficas que impiden realizar transacciones que involucren a Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o entidades controladas por China. Aún hoy nos encontramos con Prohibiciones Financieras, que restringen los pagos en oro, permutas de deuda o uso del Petro/monedas digitales emitidas por Venezuela.
En este contexto, se está produciendo una Reapertura Diplomática con EE. UU. y un aumento de la Inversión Extranjera, con la entrada de capital extranjero para sectores estratégicos, incluyendo la explotación petrolera.
En el entorno actual, Nuestra Firma de Abogados Corbetti Lawyers & Investments Firm, en compañía de la Firma de Contadores ATRICO CPA (Asesores Tributarios & Consultores) desde Panamá actuamos como un arquitecto de soluciones transfronterizas, permitiendo que las inversiones fluyan hacia Venezuela con niveles aceptables de seguridad y cumplimiento. Dado que la situación en Venezuela presenta ciertos niveles de complejidad, la intervención de una firma panameña es clave en los siguientes puntos:
1. Diseño de la Arquitectura Corporativa (Holdings): La firma no solo constituye sociedades anónimas offshore, sino que diseña una estructura de capas para aislar o limitar riesgos, mediante la utilización de Sociedades offshore Intermediarias o holdings que se utilizan como dueñas de las acciones de la entidad venezolana. Esto facilita la futura venta de la inversión (exit strategy) mediante el traspaso de acciones en Panamá, evitando la burocracia y los riesgos registrales locales en Venezuela.
2. Ingeniería Financiera y Bancaria: El mayor reto para invertir en Venezuela es el movimiento de fondos, la realización de pagos y cobros, garantizando la seriedad y la fiabilidad de la transacción.
5.2 Estructuras de Pago
La firma ayuda a establecer cuentas bancarias offshore en el Centro Bancario Internacional de Panamá que sirven para el pago a proveedores internacionales, la recepción de dividendos, la distribución de las ganancias, pero siempre condicionado al cumplimiento del Compliance bancario, es decir, con total transparencia del origen, uso y destino de los fondos y de la identidad de los beneficiarios finales vinculados.
5.3 Cuentas Escrow (Fideicomisos de Garantía)
Para proyectos de infraestructura o energía, la firma puede configurar fideicomisos, mediante las alianzas que contamos en Panamá, para que custodien los fondos de la inversión, liberándolos a la entidad en Venezuela solo contra hitos de cumplimiento específicos.
5.4 Resumen de Beneficios para el Inversionista
1. Seguridad Jurídica: Nuestra Solución: Contratos sometidos a leyes y arbitraje internacional (Panamá).
2. Operatividad: Nuestra Solución: Acceso al dólar y al sistema bancario global desde un hub estable.
3. Confidencialidad: Nuestra Solución: Protección de la identidad de los beneficiarios finales bajo estructuras legales permitidas.
4. Escalabilidad: Nuestra Solución: Facilidad para reinvertir utilidades en otros mercados desde la cuenta offshore.
5.5 Resumen de los Servicios Destacados
1. Vehículos de Inversión: Constitución de Sociedades Anónimas Offshore y Fundaciones de Interés Privado en Panamá para holding de activos en Venezuela.
2. Compliance y Due Diligence de Sanciones: Auditoría preventiva para asegurar que las operaciones comerciales no infrinjan normativas internacionales vigentes.
3. Asesoría en Contratación Internacional: Redacción de contratos de suministro, distribución y joint ventures adaptados al entorno legal venezolano actual.
4. Protección Patrimonial: Estructuras para la repatriación y resguardo de utilidades generadas por inversiones comerciales.
5. Constitución de Sociedad: Entrega en 5-7 días hábiles.
6. Agente Residente y Domicilio Fiscal: Cumplimiento con la Ley 254 sobre registros contables.
7. Gestión de Apertura de Cuenta Bancaria: Filtro previo (Pre-check) con bancos de Licencia General en Panamá.
• Asistencia en la preparación del perfil transaccional (sustentación de origen de fondos desde Venezuela).
• Acompañamiento en la entrevista bancaria (presencial o digital según el banco).
5.6 Estructuras de Protección y Sucesión (Asset Protection)
Dada la volatilidad política y económica, los clientes con activos comerciales en Venezuela buscan "blindar" la propiedad de sus empresas.
• Fideicomisos (Trusts) de Control: Utilizar la Ley de Fideicomisos de Panamá para que el fiduciario sea el titular de las acciones de la empresa operativa en Venezuela. Esto separa la propiedad legal de los beneficios económicos, protegiendo al dueño ante posibles litigios o expropiaciones.
• Fundaciones de Interés Privado (FIP): Ofrecerlas como el "testamento en vida" del inversor. Son ideales para holding de acciones y para evitar procesos sucesorios (herencias) costosos y públicos en Venezuela.
5.7 Cumplimiento Operativo y Sustancia (Compliance)
Panamá exige que las sociedades mantengan registros contables y demuestren su propósito.
• Gestión de Registros Contables (Ley 254):Ofrecer la custodia y actualización de los registros contables exigidos por ley en Panamá. Para un cliente en Venezuela, esto es un alivio, ya que tú aseguras que su empresa panameña esté siempre "Good Standing" (Paz y Salvo).
• Oficina Virtual y Sustancia Económica: Para clientes que necesitan demostrar que su empresa no es una "shell company" (empresa de papel), puedes ofrecer servicios de domicilio físico, manejo de correspondencia y atención de llamadas locales.
5.8 Asesoría en Relocalización de Ejecutivos (Migración)
Muchos inversores venezolanos buscan la Residencia Permanente en Panamá para facilitar su movilidad internacional.
• Visa de Inversionista de Negocios: Tramitación de residencia para empresarios que inviertan en negocios reales en Panamá (mínimo $160,000 en capital social).
• Visa de Países Amigos (si aplica): Aunque los venezolanos no entran directamente, muchos tienen doble nacionalidad (española, italiana, colombiana) que les permite acceder a este permiso de trabajo y residencia rápida.
6- INVERSIONES EN COLOMBIA
La República de Colombia es actualmente uno de los mercados más dinámicos para los servicios legales panameños debido a la búsqueda de diversificación, la dolarización y la eficiencia fiscal que ofrece el Istmo de Panamá.
La Firma de Abogados Corbetti Lawyers & Investments Firm y la Firma de Contadores Públicos Autorizados ATRICO CPA (Asesores Tributarios & Consultores) tiene una propuesta estructurada para el mercado colombiano, diseñada para atraer tanto a empresarios como a familias que buscan protección, planificación y organización patrimonial, mejorar su eficiencia operativa y estabilidad monetaria y financiera, al mismo tiempo que reducen los riesgos vinculados al país.
6.1 Propuesta de Servicios Legales y Corporativos: Conexión Panamá - Colombia
La relación comercial entre Panamá y Colombia atraviesa un momento de madurez estratégica, evolucionando de una simple situación de vecindad, geográfica e histórica, a una integración más profunda en lo relacionado a los servicios financieros, logísticos y de inversión, lo que implica una necesaria y constante demanda de servicios legales y bancarios offshore.
6.2 El Marco Jurídico: El TLC y el Convenio de Doble Imposición
Entre las Repúblicas ce Colombia y Panamá se ha firmado un Tratado de Libre Comercio (TLC) el 20 de septiembre de 2013, el cual concluyó años de negociaciones. Este acuerdo ha buscado desgravar aranceles en una amplia gama de productos, fomentar la inversión, incrementar la prestación de servicios y de transporte marítimo, además de fortalecer la cooperación aduanera entre ambos países. Desde la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio (TLC), el intercambio de bienes ha crecido, pero el verdadero motor son los servicios.
Algunas ideas generales sobre la relación comercial:
• TLC (2013): Incluye 23 capítulos que cubren áreas como acceso a mercados, reglas de origen, compras públicas y propiedad intelectual. El tratado incluyó un cronograma de desgravación arancelaria gradual para diversos productos. En 2013, ambos países firmaron un TLC, pero no ha entrado en plena vigencia y ejecución comercial, manteniéndose principalmente el AAP.
• Acuerdo de Alcance Parcial (AAP No. 29): Previo al TLC, existe el AAP No. 29 suscrito en 1993 bajo ALADI, el cual sigue siendo relevante para el intercambio comercial, otorgando preferencias arancelarias a más de 300 productos de Colombia hacia Panamá y más de 80 de Panamá hacia Colombia. Entró en vigencia en 1994 y cuenta con protocolos modificatorios (el último en 2005) que lo mantienen vigente.
De igual manera, entre ambos países existe un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI), cuyo objetivo es dar claridad sobre dónde tributan las rentas. Para un cliente colombiano, saber que su estructura en Panamá cumple con los estándares de la DIAN y la DGI es el factor decisivo para contratar a un abogado.
Este Convenio incluye un mecanismo de Intercambio de Información Fiscal que coincide con el hecho que ambos países son firmantes del estándar CRS de la OCDE, donde la transparencia es la norma. Esto ha cambiado la naturaleza de los servicios legales offshore, por lo que en la actualidad nuestra Firma de Abogados Corbetti Lawyers & Investments Firm ya no ofrece secreto, ni confidencialidad generalizada, sino "eficiencia y seguridad jurídica".
6.3 Panamá como "Hub" de Re-Exportación para Empresas Colombianas
Muchas empresas de Medellín (textiles), Bogotá (servicios/tech) y Cali (agroindustria) utilizan la Zona Libre de Colón (ZLC) o el régimen de Panamá Pacífico. Pero las inversiones de Colombia en Panamá tienen múltiples causas:
1. Triangulación Logística: Colombia es uno de los principales usuarios de la Zona Libre de Colón. Las empresas colombianas compran mercancía en Asia, la almacenan en Panamá y la distribuyen a Centroamérica y el Caribe sin que la mercancía toque suelo colombiano, optimizando aranceles e IVA.
2. Sedes de Empresas Multinacionales (SEM): Grandes grupos colombianos (como Grupo Sura, Argos o Bancolombia) han establecido sedes regionales en Panamá bajo la Ley SEM, aprovechando los incentivos fiscales y migratorios para sus ejecutivos.
3. El Flujo de Inversión Inmobiliaria y "Safe Haven": Los ciudadanos provenientes de Colombia son históricamente uno de los tres principales inversores en bienes raíces en Panamá, realizando compra de inmuebles para fines diversos, tales como residenciales o para fines comerciales, incluyendo los turísticos.
4. Diversificación de Riesgo: Ante las fluctuaciones monetarias sufridas por el peso colombiano (COP), los inversionistas buscan refugio en dólares (USD), a fin de preservar el valor de sus activos, mantener liquidez en moneda estable y permitirse realizar operaciones comerciales de manera previsible, sin asumir costos adicionales.
5. Residencia en Panamá por Inversión: La legislación panameña prevé la obtención de visas de inversionistas (Inversionista Calificado) mediante la adquisición o compra de inmuebles por USD 300,000 o la apertura de depósitos a plazo fijo por igual monto, lo que es extremadamente atractivo para el empresario colombiano que busca un "Plan B" migratorio con seguridad jurídica.
6.4 Integración Financiera y Mercado de Capitales y Banca Transfronteriza
La mayoría de los grandes bancos colombianos tienen presencia operativa, ya sea a través de licencia internacional o general, en Panamá, lo cual facilita el flujo de capitales entre ambos países.
6.5 Protección contra Riesgos Mediante el uso de Estructuras de Protección Patrimonial y Sucesoria
Colombia tiene un sistema tributario basado en la renta global o mundial que se convierte en un reto de gestión y de producción que muchas veces golpea los rendimientos de las empresas o de los inversionistas. Además del peso fiscal y tributario, nos encontramos con los riesgos monetarios vinculados a las fluctuaciones del peso colombiano y los que están asociados a los riesgos políticos y a la criminalidad organizada. Es por ello que las soluciones legales que Panamá ofrece favorecen la protección y la planificación del patrimonio.
• Fundaciones de Interés Privado (FIP):Cuya naturaleza es la de proteger el patrimonio y los activos, consiste en una estructura fiduciaria con personalidad jurídica, apto para proteger a las familias. El mecanismo de protección implica la existencia de una persona jurídica, con patrimonio propio destinado al cumplimiento de los fines propuestos por el fundador, permitiendo, en muchos casos, una transferencia hereditaria sin juicios de sucesión.
• Fideicomisos (Trusts) de Inversión: Consiste en un contrato que crea un patrimonio separado del fideicomitente, cuyos beneficios se reparten a favor de los beneficiarios, administrados por una empresa denominada fiduciario. Con este instrumento, el patrimonio adquiere un destino particular, separado e independiente que sirve para gestionar carteras de valores con una fiduciaria regulada en Panamá, garantizando la confidencialidad y la segregación de activos.
• Vehículos de Comercio Exterior y Refacturación: Tales como las Sociedades Anónimas Offshore (S.A.): personas jurídicas para centralizar la facturación.
6.6 Servicios Contables y Cumplimiento (Compliance)
Dado que Colombia requiere el reporte de activos en el exterior (Formulario 160 de la DIAN), nuestra firma de abogados, Corbetti Lawyers & Investments Firm, en asocio con la Firma de Contadores Asesores Tributarios & Consultores (ATRICO, CPA), ofrece los servicios complementarios que ayudan a cumplir con las obligaciones fiscales y tributarias y, además cumplen con el requerimiento de demostrar sustancia económica de la sociedad:
• Mantenimiento de Registros Contables: Según la Ley 52 de Panamá, elaboramos y custodiamos los estados financieros requeridos para que la sociedad esté en "Good Standing".
• Preparación de Expedientes de Due Diligence: Dando apoyo para la apertura de cuentas bancarias en Panamá, asegurando que el origen de los fondos colombianos esté plenamente documentado y sea aceptado por el sistema bancario internacional.
6.7 Propiedad Intelectual y Registro de Marcas
Como parte de nuestros servicios de protección de activos, no solamente se extiende al patrimonio físico o monetario, sino también a los intangibles, es decir, a los bienes inmateriales que permiten a las empresas competir en el mercado e identificar con claridad sus productos o servicios, siendo ello una inversión necesaria en el mundo competitivo de hoy.
Esto se logra a través del Registro de Marcas y Patentes ante la Dirección General de Propiedad Industrial (DIGERPI) para blindar marcas colombianas bajo jurisdicción panameña.
6.8 Inmigración y Residencia por Inversión
Nuestra oficina, Corbetti Lawyers & Investment Firm acompaña a nuestros clientes que desean relocalizarse (relocation), instalarse o abrir empresas en Panamá. Para ello, nuestro país ofrece un arsenal de posibilidades de visas accesibles según diversas categorías. Mas información está accesible en www.panamavisas.com
• Visa de Países Amigos (Friendly Nations):Colombia es beneficiario de este régimen, que permite obtener la residencia permanente y cédula panameña mediante una inversión económica accesible.
• Visa de Inversionista Calificado: Para quienes buscan residencia permanente inmediata mediante inversión inmobiliaria (USD $300,000) o depósitos a plazo fijo.
7- SOLUCIONES FINANCIERAS Y CORPORATIVAS EN PANAMÁ PARA EL INVERSOR GLOBAL
Entendemos perfectamente que los servicios antes señalados pueden ser ofrecidos y requeridos por inversores y clientes de cualquier país, sin distinción alguna, lo que implica nuestra disposición a cooperar con las personas provenientes de la Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, Perú, ¨Paraguay o Uruguay, sino también de Centroamérica o del Caribe.
Perfectamente es posible, bajo ciertos parámetros de transparencia y de confianza, acoger en nuestras oficinas a clientes europeos, norteamericanos y mexicanos. Los clientes provenientes del continente africano no están excluidos, pero hay ciertas limitaciones, especialmente en la banca que los colocan como clientes a los que se les debe aplicar una debida diligencia reforzada, sin que esto signifique que estemos impedidos de ayudarlos y prestarles nuestros servicios. Hasta el momento, nuestra experiencia con clientes del mundo árabe ha sido muy puntual y limitada.
Para mayor información sobre nuestros servicios de formación y creación de sociedades offshore, sean estas panameñas o de otras jurisdicciones, les sugerimos visitar nuestras páginas web www.panamaniancorporations.com y www.managementcorporations.com